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Se aproxima el fin de la tasa de abasto y publicidad en la Provincia de Buenos Aires

Recientemente ha sido publicada la Ley 13.863 de la Provincia de Buenos Aires, la cual dispone que los municipios pertenecientes a su ámbito que de manera simultánea deroguen la tasa de abasto y el derecho de publicidad interior, podrán participar del 1,5% de la recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Sin lugar a dudas esta medida no sólo favorecerá el desenvolvimiento de las actividades comerciales y productivas en la Provincia de Buenos Aires, sino también permitirá reducir la litigiosidad que en los últimos años se había incrementado entre los particulares y los Municipios.

En efecto, en los últimos años la presión fiscal municipal en la Provincia de Buenos Aires se ha visto fuertemente acrecentada por la aplicación de la denominada tasa de abasto y los derechos de publicidad y propaganda (entre otras). La primera de ellas se aplica por la simple introducción en el municipio de productos alimenticios provenientes de otras jurisdicciones, mientras que la tasa de publicidad y propaganda grava los anuncios publicitarios efectuados en la vía pública y en el interior de locales de acceso al público.

Sin embargo dichas gabelas podrían desaparecer a partir de la sanción de la Ley 13.863, publicada el 26/09/2008 en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se resolvió asignar los primeros $100.000.000 para constituir un fondo municipal que será coparticipado entre los municipios de la Provincia de Buenos Aires que se abstengan de aplicar las tan cuestionadas tasas de abasto y el derecho de publicidad de interior de locales comerciales, sin perjuicio de que los municipios continúen con la prestación de sus respectivos servicios.

La distribución de dicho fondo municipal se efectuará teniendo en cuenta un coeficiente vinculado con lo que cada municipio percibe actualmente en concepto de coparticipación provincial (también llamado índice de vulnerabilidad social), el cual contempla de manera relevante la cantidad de población bajo la línea de indigencia que exista en los municipios que se adhieran al régimen.

Actualmente, ya son varios los municipios que dieron el visto bueno a este proyecto (entre los cuales se destacan el municipio de La Plata, Quilmes y Lanús), puesto que en la mayoría de éstos se calcula que la cifra a distribuir sería sustancialmente superior a la que hoy recaudan la mayoría de las comunas con los tasas que deben eliminar para acceder al beneficio.

El esquema impulsado por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, resulta un importante avance hacia un ordenamiento tributario integral entre la provincia y los municipios que la integran, derogando tasas de dudosa legitimidad, evitando o disminuyendo así, la litigiosidad que actualmente impulsan las empresas invocando su inconstitucionalidad.

Siendo ello así, se espera que el resto de las provincias recepten este modelo impulsado por la Provincia de Buenos Aires, aunque aún resta por encontrar la solución a la aplicación de la denominada “Tasa de Seguridad e Higiene”, la cual representa el mayor impacto fiscal municipal para las empresas, dado su base imponible está conformada por los ingresos brutos asignado a la provincia.