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Exitosamente entro en vigencia el nuevo marco regulatorio de reaseguros dispuesto por la SSN

La Superintendencia de Seguros de la Nación informa que a partir del 1ro de Septiembre entró en vigencia el nuevo marco regulatorio para operar en Reaseguros donde 7 empresas cumplieron satisfactoriamente con los requisitos solicitados. Ellas son: Compañía Reaseguradora del Sur, Reaseguradora del Río de la Plata, IRB Brasil, Mafre RE Compañía de Reaseguros, Starr Indemnity Libiality Company, Testimonio Compañía de Seguros y Aseguradores Argentinos Cia. de Reaseguros.

Si bien varias de las compañías por cuestiones de calendario han renovado sus contratos con el régimen anterior, se mostraron interesadas desde el comienzo en participar en el mercado reasegurador porque observan un futuro de crecimiento y de expansión lo que fortalece y argumenta la medida adoptada por la SSN en Marzo de este año.

Por su parte, las compañías SMG RE Argentina S.A., Punto Sur Sociedad Argentina de Reaseguros S.A., Berkley Argentina de Reaseguros S.A., Alpes Reaseguros S.A., Assicurazioni Generali Reaseguros y ACE Group se encuentran en trámite en la Superintendencia de Seguros para comenzar a operar en Reaseguros y en los próximos días se convertirán en una de las tantas alternativas a la hora de elegir una compañía reaseguradora.

La medida establece que se prohíbe a las aseguradoras argentinas reasegurar en forma directa con compañías extranjeras, salvo cuando la SSN autorice lo contrario por Resolución fundada particular relativa a operaciones de reaseguro determinadas y debidamente individualizadas cuando por la magnitud y las características de los riesgos cedidos dichas operaciones de reaseguro no puedan ser cubiertas en el mercado reasegurador nacional.

Los objetivos de la medida son los siguientes: a) adecuar el régimen del reaseguro a las disposiciones de la Ley 12.988 que prohíbe asegurar en el extranjero a personas, bienes o cualquier interés asegurable de jurisdicción nacional; b) permitir una fiscalización efectiva de las contrataciones de reaseguro y del estado de las reservas de las aseguradoras; c) fortalecer las posibilidades de cobro por parte de los acreedores en casos de liquidación forzosa de aseguradoras; y d) generar un adecuado control sobre la salida de divisas del país.

Asimismo, se recuerda que a partir de la entrada en vigencia de esta resolución las reaseguradoras que no se hubieran radicado en el país, no podrán aceptar operaciones de reaseguros de aseguradoras argentinas.