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Las aseguradoras deberán repatriar sus inversiones y disponibilidades radicadas en el extranjero

El Superintendente de Seguros de la Nación, Francisco Durañona, firmó la resolución por la cual se establece que las aseguradoras deberán repatriar sus inversiones y disponibilidades radicadas en el extranjero en un plazo de 50 días corridos desde la entrada en vigencia. Se trata del 15% sobre las inversiones totales de las aseguradoras que superan los 7 mil millones de pesos.

“Esta medida representa un significativo aporte al proceso de crecimiento sostenido que viene desarrollando la economía argentina creando las condiciones adecuadas para que la totalidad de las inversiones y disponibilidades de las entidades aseguradoras estén radicadas en la Republica Argentina”, afirmó Durañona.

A partir de esta medida no sólo se fomenta la inversión en los mercados nacionales y se mejoran sustancialmente los controles a cargo de la SSN, sino que también se propicia el cumplimiento de las aseguradoras sobre sus compromisos con los asegurados, lo que garantiza una rápida acción en relación a las autoridades judiciales y administrativas de la República Argentina.

Es importante destacar, que la firma de esta resolución (Res. 36612/2011) se suma a la decisión del gobierno de restablecer la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de operaciones de exportación de petróleos crudos, sus derivados, gas y de empresas mineras.