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Qué hacer ante un contexto de crisis

Cíclicamente nuestro país ha sufrido diversas y variadas crisis económicas. Hoy, además la sufre el mundo entero. Diría entonces que hoy parece bueno estar en la punta más austral del mundo. En este contexto internacional, donde ya la salida no es Ezeiza, debemos repensarnos y para empezar por alguna parte he decidido abordar el tema de la crisis y las relaciones entre los empleados y sus empleadores, ya que a ambos les afecta en forma directa la falta de ventas, la suba de precios, etcétera.

En nuestro país ha sido común que entre las partes no exista diálogo sensato o al menos moderado, sino que apenas se habla y luego se intenta resolver los problemas que nos aquejan con medidas como la huelga, el paro del campo, los cortes de ruta, etcétera, lo cual no sólo no es una solución, sino que forma parte del problema.

Hoy asistimos atónitos a medidas unilaterales de despidos masivos preventivos por parte de empresarios que temen la vuelta de la llamada doble indemnización o cualquier medida similar tendiente a proteger los puestos de trabajo.

Pero afortunadamente, muchos empresarios, aconsejados por sus responsables del área de Recursos Humanos y acompañados por sus contadores y abogados, han decidido encarar el conflicto con diálogo e intentando preservar no sólo los puestos de trabajo, sino a la empresa en sí, ya que sin ella no vamos a poder seguir creciendo económicamente.

Así, la ley de contrato de trabajo permite adoptar una serie de medidas. Una de ellas es suspender por un tiempo determinado a los trabajadores por cuestiones de falta o disminución de trabajo no imputable al empleador. Para Izquierdo y Goldín (dos grandes juristas), esta disminución o falta de trabajo no es una imposibilidad de la prestación, sino una mayor dificultad o mayor onerosidad para poder seguir cumpliendo con el fin de la empresa.

Las suspensiones deben ser por tiempo determinado (se aconseja poco tiempo) y el trabajador puede rechazarla por entender que no es tan grave la crisis mencionada.

Esta suspensión permite aliviar la carga empresaria, bajar en su caso el stock, no seguir produciendo.

También las partes pueden acordar vacaciones anticipadas (siempre que sea conveniente para el trabajador), reducir la jornada de trabajo (por un tiempo determinado), realizar un plan de retiro voluntario o suspender con algún tipo de pago no salarial, que permita aliviar los costes al empleado.

Todo esto deberá contar con los procedimientos adecuados para no perjudicar al trabajador, quien puede oponerse y hasta considerarse despedido, reclamando la consecuente indemnización.

Por eso aconsejamos el diálogo y la apertura mental que imponen las circunstancias, ya que hemos vivido momentos de gravísimas pérdidas de puestos de trabajo y cierres de empresas que, quizá, con una mayor intervención de la parte humana racional de cada uno se podrían haber evitado.

Desde ya se deberá privilegiar al trabajador y su familia en el momento de pensar las medidas por tomar.